La creación de la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas en Jalisco todavía no logra romper con las malas prácticas y vicios institucionales que se arrastran por años y se refleja en los altos índices de desapariciones.

POR ANNA KAROLINA CHIMIAK

En México se presenta un “contexto de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio del Estado” (señala el Comité contra la Desaparición Forzada bit.ly/2Fjp935). Hasta el 31 de octubre de 2017, las cifras oficiales del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas reportan 2 mil 991 personas desaparecidas en Jalisco, estos datos colocan a la entidad en tercer lugar a nivel nacional en cuanto al número de personas desaparecidas, evidenciando que la desaparición de personas en Jalisco se ha vuelto generalizada.

Durante el sexenio del gobernador de Jalisco, Aristóteles Sandoval, la desaparición de personas ha incrementado de manera significativa y la estrategia de concentrar las funciones de seguridad pública, investigación y persecución de delitos en la Fiscalía General del Estado, más que reflejar resultados, demuestra la incapacidad del gobierno de disminuir los índices de graves violaciones a los derechos humanos. A este contexto se suma la complicidad criminal y colusión que hay entre funcionarios públicos y el crimen organizado, situación que favorece a la impunidad e impide el pleno acceso a la justicia y verdad a las víctimas.

Frente a este grave panorama, el reconocimiento de las desapariciones forzadas por parte del gobierno estatal es un paso transcendental. En 2013 se reconoció legalmente y se tipificó el delito de desaparición forzada en el Código Penal para Jalisco. En dicha normativa se establecen los elementos concurrentes y constitutivos de este delito, además, de estar armonizado con los instrumentos internacionales en la materia. El artículo 154-A establece que “comete el delito de desaparición forzada de personas el servidor público o integrante de los cuerpos de seguridad pública que prive de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, seguido de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona”. Asimismo, se señala que “es sujeto activo del delito de desaparición forzada de personas quien intervenga actuando con la autorización, la ayuda, la aquiescencia o tolerancia directa o indirecta de servidores públicos o de integrantes de seguridad pública”.

El mismo Código Penal también contempla el delito de desaparición cometida por particulares. Además, se define a la desaparición forzada como un delito imprescriptible, ya que, por su carácter continuado, el delito permanece “mientras no se conozca el paradero de la persona desaparecida o se identifiquen con certeza sus restos” y se extiende el deber correlativo del Estado de investigar y sancionar a las personas responsables (sentencia del Caso Rodríguez Vera bit.ly/2HCvmYv).

A pesar de los cambios legislativos y de políticas públicas, tales como la tipificación del delito, la implementación de la Alerta Amber en 2013, y la activación del Protocolo Alba en 2016, estos no incidieron en la disminución de denuncias presentadas, tampoco cambiaron las prácticas dentro de las instituciones encargadas de la búsqueda e investigación de los casos de las personas desaparecidas. Por lo contrario, continúan las prácticas de omisión y negligencia en las investigaciones, poca sensibilización e inadecuada atención a las víctimas, así como la revictimización y criminalización de éstas por parte del personal de la Fiscalía.

Por lo anterior, integrantes del colectivo Por Amor a Ellxs, ante la indignación por la falta de resultados en la búsqueda de sus seres queridos y la constante violación de sus derechos, acompañadas por el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, y con la intervención de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en México, expresaron sus inconformidades, exigiendo el cambio de malas prácticas en la búsqueda e investigación, en las mesas de diálogo con la Fiscalía General, sostenidas en 2016. En consecuencia, se generó un proceso transcendental e histórico para la creación de la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas en Jalisco (FEPD), en el cual participaron e incidieron colectivos de familias de personas desaparecidas y algunas organizaciones de la sociedad civil. De tal modo que la FEPD comenzó a operar en agosto de 2017 y desde su inicio, pretendió ser un modelo de búsqueda e investigación, retomando los estándares internacionales y los previstos en la Ley General en la materia.

Esta Fiscalía aspira atender la complejidad y gravedad de la desaparición forzada y responder a la realidad del fenómeno criminal, priorizando la búsqueda de personas desaparecidas e investigación de los hechos, sin fragmentar ni aislar los casos. La creación de la Dirección de Análisis y Contexto dentro su estructura reconoce la necesidad de considerar el contexto como un componente crucial para la investigación de los casos que cobra aún más relevancia para los casos de desaparición forzada y los delitos vinculados al crimen organizado, con la finalidad de esclarecer las circunstancias bajo las cuales desaparecen las personas e identificar los autores materiales e intelectuales.

La creación de la FEPD representa un gran avance a nivel nacional en el cumplimiento de las obligaciones del Estado de prevenir, investigar, sancionar y reparar integralmente a las víctimas de desaparición. No obstante, todavía no se logra romper con las malas prácticas y vicios institucionales que se arrastran por años y se refleja en los altos índices de desapariciones, la persistente falta de acceso a los expedientes, dilaciones en la búsqueda, así como el trato que atenta contra la dignidad de familiares de las personas desaparecidas. Aunado a lo anterior, hasta la fecha, no se ha logrado emitir ninguna sentencia local por el delito de desaparición forzada, manteniendo los niveles de la impunidad absoluta y enviando el mensaje de que se puede desaparecer a las personas sin ningún costo.

En el proceso de creación y rendición de cuentas de la FEPD, la participación de la sociedad civil y la voluntad política se muestran como componentes claves para que esta Fiscalía no se convierta en una simulación. Aunque es claro que cada proceso de cambio necesita su tiempo y recursos suficientes, no obstante, para las personas desaparecidas el tiempo es vital, y la esperanza de obtener justicia parece cada vez menos alcanzable. Es por ello que el funcionamiento adecuado de la FEPD crea una oportunidad histórica de romper con el ciclo histórico de impunidad y aliviar el dolor congelado que vivimos como sociedad desde décadas atrás.